• Tarjeta Sanitaria Individual

    Según la Seguridad Social, La Tarjeta Sanitaria Individual es  un documento administrativo que las Administraciones sanitarias autonómicas y el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (Ceuta y Melilla) emiten, con soporte informático, a las personas residentes en su ámbito territorial que tengan acreditado el derecho a la asistencia sanitaria pública. La tarjeta sanitaria individual emitida por cualquiera de las Administraciones sanitarias competentes será válida en todo el Sistema Nacional de Salud, y permitirá el acceso a los centros y servicios sanitarios del sistema en los términos previstos por la legislación vigente. Su validez y utilización se restringe únicamente al territorio nacional.

    Con objeto de disponer de datos normalizados de cada persona, en su condición de usuario del Sistema Nacional de Salud, independientemente del título por el que accede al derecho a la asistencia sanitaria y de la Administración sanitaria emisora, todas las tarjetas sanitarias incorporan una serie de datos básicos comunes y estarán vinculadas a un código de identificación personal único para cada ciudadano en el Sistema Nacional de Salud.

    La tarjeta sanitaria individual contendrá, de manera normalizada y de forma visible, los siguientes datos: Administración sanitaria emisora de la tarjeta; apellidos y nombre del titular de la tarjeta; código de identificación personal asignado por la Administración sanitaria que emite la tarjeta; modalidad de la prestación farmacéutica y leyenda que informa de su validez en todo el Sistema Nacional de Salud.

    Ampliar la noticia

    ¿Que es la tarjeta sanitaria?

     

    La Tarjeta Sanitaria es el documento que identifica individualmente a los usuarios ante el Sistema Sanitario Público . Cada persona, independientemente de su edad, debe disponer de su tarjeta sanitaria individual. Para utilizar los servicios personales de la sanidad publica es necesario identificarse mediante el número de tarjeta sanitaria.

    Por ello y como dijimos en la introduccion los residentes  empadronados en España  deben solicitarla al servicio de salud de cada comunidad autonoma. Es importante que los niños tengan su propia tarjeta, desde el nacimiento.

    También es necesario solicitar una nueva tarjeta cuando la anterior se ha perdido o deteriorado, al igual que si alguno de los datos impresos en el exterior de la tarjeta son incorrectos (por ejemplo, un DNI equivocado, apellidos o nombre incorrecto).

     

     
    ¿Quién puede solicitar la tarjeta sanitaria? 
    • Cualquier trabajador por cuenta propia o ajena y sus beneficiarios
    • Cualquier pensionista tanto de pensiones contributivas como no
    • contributivas y sus beneficiarios
    • Los funcionarios tanto civiles como militares, activos o pensionistas, que
    • hayan escogido como opción de asistencia sanitaria la prestada por el
    • Sistema Nacional de Salud
    • Las personas sin recursos económicos suficientes que carezcan del
    • derecho a asistencia sanitaria por cualquier otro medio.
     
    ¿Cómo se obtiene la tarjeta sanitaria?
     
    • Si aún no tienen tarjeta sanitaria puede solicitarla presentándose en elCentro de Salud más próximo a su domicilio con la cartilla de Seguridad Social y DNI
    • La tramitación de la solicitud le llevará unos minutos tras los cuales le facilitarán un resguardo de su solicitud, con la misma validez que la tarjeta sanitaria, hasta que la reciba en su domicilio.
    • Si su solicitud es como persona sin recursos económicos suficientes deberá presentar la siguiente documentación:
    1. Si es español DNI
    2. Si no es español Pasaporte original, NIE o documento que acredite su personalidad.
    3. Certificado de estar empadronado, emitido por el Ayuntamiento correspondient
    4. Copia de la última declaración de IRPF o certificado emitido por el  certificado emitido por el Ministerio de Hacienda.  
    • ¿Qué información contiene la tarjeta sanitaria?

      La tarjeta sanitaria contiene los siguientes datos:

    • Nombre y apellidos del titular
    • Número de usuario de la Seguridad Social
    • DNI
    • Tipo de usuario si es pensionista o con farmacia gratuita
    • Mes y año de caducidad.

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

    Ampliar la noticia

    ¿Quien tiene derecho a la sanidad en España?

     

     Puede un inmigrante beneficiarse de la sanidad en España? 

    En nuestra página sobre el empadronamiento recomendamos encarecidamente a cualquier inmigrante que proceda nada mas llegar a España a Empadronarse por resultar este extremo esencial para acceder a la sanidad española.

     

      

     

    Asi, si el inmigrante no está empadronado y es irregular solo puede beneficiarse de la asistencia sanitaria en casos de urgencia para lo que tendrá que dirigirse al centro sanitario y si no pudiera a traves del telefono de urgencias 112
     Si no estuviese empadronado solo tendrá acceso a esta asistencia para casos graves como accidentes o enfermedades muy graves pero eso si , tendrá derecho a ser asistido hasta que le den el alta medica.
     
     
    En el caso de que el inmigrante esta en España de manera regular , o con autorizacion de residencia resulta basico que disponga de empadronamiento, con los mismos derechos que los ciudadanos españoles y ello tanto para la atención primaria, de especialistas, de accidentes, embarazos parto y post parto y enfermedades graves
     
    Los menores de edad tendran derecho a la asistencia sanitaria igual que los españoles en cualquier caso y igual que la mujer embarazada.
    Ampliar la noticia

    En la comunidad de madrid los parados siguen recibiendo asistencia sanitaria

    El gobierno de la region establecio que desde Junio, la residencia será titulo suficiente para tener derecho a la asistencia sanitaria gratuita.

    El hecho de tener la residencia en la Comunidad de Madrid será titulo suficiente para tenr derecho a la asistencia sanitaria gratuita en Atencion primaria y en los hospitales de la region, especialmenet a aquellas personas que han terminado de cobrar el desempleo.

    la presidenta de la comunidad de Madrid, esperanza aguirre, indio que la comunidad no atendera a las bajas en las asistencias sanitarias que las oficinas de la seguridad social ordena a los centros de atencion primaria y hospitales madrileños a aquellas personas que han cobrado el paro dos años y no figuran como cotizantes a la seguridad socia y a aquellos autonomos que hayan dejado de cotizar por tener que cerrar su negocio. Explico que la cotizacion a la seguridad social no sufraga nada mas que la pension, seguro de accidentes y formacion, pero no la asistencia sanitaria. Las oficinas de la seguridad social transmiten a las comunidades que les tenemos que negar el derecho a la asistencia gratuita y lo mismo a los autonomos., El gobierno de la Comunidad de madrid ha tomado la decision de que esto no sea asi en nuestro territoro, indicó

    Ampliar la noticia